24 de junio de 2013

Que esconde el Ejército ?

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene una patata caliente sobre la mesa. Una juez militar, la titular del juzgado togado territorial número 12, con sede en Madrid, se ha dirigido al órgano de gobierno de los jueces para pedirle amparo ante las presiones que está sufriendo en la investigación de un caso de presunta corrupción en el Ejército del Aire. Presiones que, según la juez, “afectan gravísimamente” a su independencia.

Lo más grave es que las injerencias procederían de quienes más obligados están a colaborar al éxito de la investigación: el coronel jefe del acuartelamiento de la agrupación de la base aérea de Getafe  (Madrid), el jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, el Asesor Jurídico General de Defensa y el Tribunal Militar Central. Este último, al que correspondería amparar a la juez, le ha abierto un expediente disciplinario por falta grave que, más allá de la sanción económica —hasta 20 días de suspensión de sueldo—, puede acabar con su carrera profesional.

El coronel Vicente Serrano Mateos durante el homenaje a los legionarios

La falta imputada a la juez consistiría en no haber avisado con suficiente antelación al coronel jefe del Acuartelamiento Aéreo de Getafe (ACAR Getafe), Vicente Serrano Mateos,  de su decisión de proceder a un registro e inspección ocular de algunas de sus dependencias, en el curso de un sumario, declarado secreto, en el que investiga presuntos delitos de malversación de fondos públicos o falsedad documental. Es decir, que el juez instructor de una causa declarada secreta tendría la obligación de alertar de un registro al responsable del organismo sobre el que recaen las sospechas de corrupción.
Según la documentación que obra en manos del Consejo, la juez se personó en dos ocasiones en la base aérea de Getafe, el 3 y el 12 de junio, al frente de una comisión judicial y con una orden de entrada y registro que afectaba al acuartelamiento de la agrupación y a la Sección Económica Administrativa (SEA). Aunque había avisado de su llegada —a través del asesor jurídico del Mando General del Aire (MAGEN)—, primero se le impidió el acceso; y luego, se le conminó por parte del coronel para que le revelase sus propósitos.

Según el escrito elevado al CGPJ por la juez, el coronel la retuvo en un despacho, en contra de su voluntad, y no le permitió salir hasta que le dijo a dónde iba y qué buscaba. “Me sentí absolutamente vejada en mi condición de juez, persona y mujer”, alega la instructora.

Finalmente, se practicó el registro, que se prolongó casi cuatro horas y continuó a la mañana siguiente. La juez decidió regresar el 12 de junio tras comprobar que faltaban por inspeccionar algunas dependencias.
Pero el desarrollo de la investigación se ha visto condicionado por las secuelas del roce entre el coronel y la juez. La segunda decidió, a la vista del desarrollo de los acontecimientos, denunciar al mando por obstrucción a la justicia, pero el juzgado togado militar central optó por archivar la denuncia de un plumazo, sin instrucción alguna.

Por el contrario, la queja del coronel llegó al Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, quien consultó con el Asesor Jurídico General de Defensa, que la trasladó al Tribunal Militar Central. Con la misma celeridad con que se archivó la denuncia de la juez contra el coronel, se le abrió expediente disciplinario a ella, sin ninguna indagación previa.

El expediente se basa en que el artículo 185 de la Ley Procesal Militar dice que, “para la entrada y registro” en instalaciones militares, “debe preceder aviso” al jefe de la misma, “a fin de que preste el debido auxilio”, salvo cuando dicho jefe esté imputado o “cuando la investigación de los hechos no lo permita”.

La juez aduce que la ley no especifica con cuánta antelación debe avisarse —ella lo hizo al llegar a la base— y que el secreto sumarial le impedía informar al coronel. La práctica de un registro, argumenta en su escrito, no puede condicionarse “al visto bueno del jefe de la unidad”. Su mayor temor es que se consagre a partir de ahora una doctrina de aplicación en las Fuerzas Armadas: “Un mando militar podrá obstaculizar la intervención del juez y la consecuencias será que se le abre expediente al juez y que el mando militar tendrá todo el respaldo de las Autoridades de Defensa”.

1 comentaris:

Anónimo dijo...

Pero ¿quienes son los suministradores?¿ los mismos que el caso del H. 12 de Octubre?

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